EL  MOBBING EN ENFERMERÍA Y SUS EFECTOS PERJUDICIALES

“La gente que se ama a sí misma no hace daño a otra gente” Cuando más nos odiamos a nosotros mismos, más queremos que otros sufran. (Dan Pearce)

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Es para mí un placer dirigirme a todos los lectores y compartir en esta edición, sobre EL MOBBING EN ENFERMERÍA Y SUS EFECTOS PERJUDICIALES”, con la colaboración de la LEO Juana González Morales, Perito Legal en Leyes de Enfermería, 13ava Regidora y presidenta de Salud Municipal Urbana y Rural del ayuntamiento de Matamoros de Tamaulipas.

“Como Enfermera de profesión y regidora en labor puedo decir que la pandemia ha dejado clara la enorme capacidad de adaptación de la Enfermería; pero también la necesidad de tomar las herramientas necesarias para su autocuidado en todo aspecto. El profesional de enfermería, al igual que todas las personas que trabajan, están expuesto a sufrir acoso laboral, mejor conocido como mobbing, este consiste en conductas violentas que una persona o grupo ejercen contra otra, este tipo de conductas, tradicionalmente, hacen referencia al abuso psicológico, a la intimidación, e incluso al trauma en el lugar de trabajo.

Las consecuencias negativas del mobbing en enfermería, son el resultado de depresión, ansiedad, pensamientos obsesivos, o trastornos psicosomáticos no atendidos.  Cuando no se detecta o denuncia puede perjudicar el bienestar de la persona que lo sufre, causando desmotivación, afecciones psicológicas e incluso provocar la renuncia de la víctima que lo sufre.

Los tipos de Mobbing o acoso laboral incluyen: Mobbing horizontal: se produce entre compañeros de la misma jerarquía. Mobbing vertical ascendente: un grupo de subalternos se confabulan para acosar a un superior. Mobbing vertical descendente: un superior acosa a un subalterno. Mobbing perverso: el acosador busca dañar a la víctima de manera intencional. Mobbing estratégico: el acosador busca dañar a la víctima para obtener beneficios personales o profesionales.

También existen tres tipos de víctimas en riesgo:  1.- Envidiable: trabajador que es brillante e inteligente que se distingue por ser el mejor del resto del grupo que pretende subir de puesto con su desempeño laboral y destacar más que sus compañeros.  2.- Vulnerable: trabajador que es cumplido con las ordenes que le dan y que depende de su jefe, (más frecuente en enfermeras mujeres dóciles por educación o tímidas por personalidad) 3.- Amenazante: trabajador altamente preparado, con ética y profesionalismo.

El moobing también tiene fases estas son: Fase de conflicto: los problemas normales y rutinarios, los roces o choces se suelen resolver con diálogo, en este caso el acosador los suele magnificar. Fase de acoso y estigmatización: el acosador ridiculiza a la víctima y así la aisla. (esta fase puede durar desde días, meses e incluso años).   Fase de intervención: el problema se hace conocer dirección, mediante recursos humanos y así encontrar una solución.  Fase de solicitud de ayuda externa especializada: la victima busca ayuda privada y legal. Fase de exclusión: la victima pide su cambio o traslado puede o no mantener su puesto, hasta que esta situación puede agravarse en todo aspecto a nivel psicológico para la víctima y en algunos casos llegar al suicidio.

Es inevitable que deje de pasar este fenómeno en el mundo laboral ya que toda gira en las relaciones interpersonales lo que se convierte en una fuente de conflictos. Pero si es posible prevenir, denunciar, y actuar para detenerlo, enfermería es una profesión muy susceptible a este problema y no debería de normalizarse algunas conductas que caen en mobbing y no en diferencias. Las implicaciones jurídico legales, son otro aspecto importante que debe de abordarse en este tema, la información nos ayuda a todos a la prevención, prohibición y mitigación de daños en caso de mobbing en enfermería.

Minerva Sánchez Flores

Maestra Enfermera en Docencia e investigación

Docente, Capacitadora, Asesora en Gestión de Enfermería

Contacto: sfmine@yahoo.com.mx

 

“No hay denuncia verdadera sin compromiso de transformación, ni compromiso sin acción.”- Paulo Freire.

 

La Licenciada Juana González Morales. L.E.O. Perito Legal en Leyes de Enfermería y 13ava Regidora y presidenta de Salud Municipal Urbana y Rural del ayuntamiento de Matamoros de Tamaulipas.  Comenta:

 

El mobbing tiene efectos perjudiciales en el lugar del trabajo tanto para el trabajador como para las instituciones de salud. Los comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, la dignidad o la integridad física o psíquica de un individuo, o que puedan poner en peligro su empleo, o degradar el clima de trabajo, deben de ser denunciados.

Ya que forman parte de lo que es violencia, en enfermería pocas veces es denunciado como tal, por miedo al despido o a represalias con la persona que se suscita el problema, pero el impacto emocional a la victima puede ser de gran daño, su rehabilitación, psicológica tardaría este acto daña de forma muy severa a nivel psicológico y se manifiesta en la relación víctima-verdugo.

 

¿Cómo denunciar el acoso laboral o Mobbing?

Cuando un trabajador sea víctima de este tipo de acoso materializado, lo primero que debe hacer es informar a la empresa o incluso presentar una denuncia frente a la Inspección de Trabajo y, en segundo lugar, acudir a la vía judicial. Este tipo de procesos deben llevarse a cabo siempre por escrito, y es importante recopilar pruebas de las conductas vejatorias como correos electrónicos, llamadas del trabajo fuera del horario laboral y horarios que demuestren el incumplimiento de los periodos de descanso.

Incluso, en el caso de que el trabajador haya necesitado en alguna ocasión acudir al médico para tratar su ansiedad y estrés, debe aportar los informes clínicos al juez para que se puedan relacionar con el acoso sufrido. En caso de que no encuentres apoyo o ayuda en tu empresa o dependencia puedes realizar una denuncia de manera penal ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), donde recibirás atención, orientación, asesoría y representación legal gratuita ante este tipo de situaciones. Te puedes comunicar al 800 911 7877, o manda un mensaje al siguiente correo orientación profedet@stps.gob.mx.

 

También puedes acudir a organismos públicos defensores y protectores de los derechos humanos como la Comisión Estatal de Derechos Humanos de tu estado.  Antes de decidirse a denunciar es importante recabar pruebas para acreditar y recopilar pruebas: Guardar mensajes (correos electrónicos, whatsapps, sms…) que te envíe el acosador y que puedan constituir una prueba del moobing que estás sufriendo. Y la declaración de tus testigos. El testimonio de tus compañeros de trabajo puede ser muy útil si decides entablar un proceso judicial. Grabar llamadas recibidas del acosador. Informes médicos que acrediten que estás atravesando una situación de ansiedad o trastornos físicos derivados del acoso laboral. Una pericia psicológica puede ser una de las pruebas fundamentales.

Las situaciones de acoso laboral son frecuentes y su denuncia es un procedimiento que puede resultar complejo, sobre todo a la hora de escoger los pasos adecuados y de probar la existencia de las conductas constitutivas de moobing laboral. Por ello es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho laboral, que cuente con experiencia en reclamaciones por acoso laboral y sea experto en la materia. Debemos considerar que Enfermería es una profesión cada vez más compleja en todo aspecto, pero no por ello podemos permitir daño en ningún aspecto.

 

LEO Juana González Morales

Perito Legal en Leyes de Enfermería

13ava Regidora y Presidenta de Salud Municipal Urbana y Rural del ayuntamiento de Matamoros de Tamaulipas.